Comisión Nacional de Zonas Francas

Datos de Contacto

  Teléfono:
  (505) 2263-1530
  Fax:
  (505) 2233-4144
  E-mail:
  web@cnzf.gob.ni
  Dirección:
  Zona Franca Industrial Las Mercedes Kilómetro 12.5 Carretera Norte, Managua, Nicaragua. Apartado Postal 2437

 

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Uso del Régimen

Uso del Régimen:

La ley Nicaragüense establece entre otros que la Comisión Nacional de Zonas Francas tiene por objeto regular el funcionamiento y desarrollo del régimen de Zonas Francas en el país, promover el establecimiento de nuevas empresas y el crecimiento de las existentes y emitir Permisos de Uso del Régimen.

Base Legal del Cobro:

En el DECRETO No. 50-2005, Reglamento del decreto de zonas francas industriales de exportación. Capítulo II, “De la Comisión Nacional de Zonas Francas”, conforme el Arto. 9 la Comisión Nacional de Zonas Francas queda facultada para establecer el monto que en concepto de Servicios, Garantías, Emisión de Permisos y Uso del Régimen, pagarán las empresas Operadoras y Usuarias.

Objetivos Del Cobro:

  • La Comisión Nacional de Zonas Francas tiene como objetivos de este cobro, los siguientes:
  • Garantizar la operatividad y administración del régimen a través de la Comisión Nacional de Zonas Francas.
  • Fortalecer la institucionalidad de la Comisión Nacional de Zonas Francas.
  • La Comisión Nacional de Zonas Francas financiará con estos recursos talleres, seminarios, capacitaciones a los empleados de las empresas dentro del régimen de zonas francas.
  • La Comisión Nacional de Zonas Francas financiará con estos recursos algunas actividades de índole sociales en beneficio de las empresas y empleados dentro del régimen de zonas francas.
  • La Comisión Nacional de Zonas Francas podrá inclusive, en algunos casos, colaborar en obras menores de infraestructura para los operadores de parques industriales privados.

Tarifas por uso del régimen:

Parques

Techo Industrial Ocupado (m2)

             

Hasta 9,999

De 10 mil hasta 19,999 De 20 mil hasta 29,999 De 30 mil hasta 39,999 De 40 mil hasta 49,999 De 50 mil hasta 59,999 De 60 mil hasta 69,999 Mas de 70 mil  

Industriales

$0.14 $0.14 $0.10 $0.09 $0.08 $0.07 $0.06 $0.05

Agroindustriales (Área no agrícola)

$0.09 $0.08 $0.07 $0.06 $0.05 $0.05 $0.05 $0.05

Textileras

$0.05              
                 

Call Centers

Menos de 250 Estaciones

De 250 a 1,000 Estaciones

Más de 1,000 Estaciones

         
$ 10.00 / Estación $ 5.00 / Estación $ 2.50 / Estación            

Notas importantes:

  • En los Parques Agroindustriales adicionalmente en las áreas agrícolas (Viveros e Invernaderos), se cobrará una tarifa de US$ 0.01 (Un centavo de dólar) por metro cuadrado.
  • En las ZOFAS, se cobrará mensualmente US$ 0.50 (Cincuenta centavos de dólar) por m² de Techo Industrial Ocupado.

 

 

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